CAPITULO IV
DE LA PROMOCIÓN CIENTÍFICA

Artículo 16º.- Reunión Nacional de física

a)  La Reunión Nacional de Física será realizada, en forma regular, una vez por año, en la ciudad, lugar y fechas que determine la Asamblea General de Socios;

b)  La Reunión Nacional de Física tendrá, entre otras actividades, una sesión especial para la reunión de la Asamblea General de Socios, para tratar los asuntos administrativos de su competencia;

c)  La Reunión Nacional de Física será llevada a cabo bajo un Programa Especial preparado por el Secretario, con el aval de la Directiva Nacional;

d)  Durante la Reunión Nacional de Física, existirá una serie de conferencias durante las cuales, los socios habilitados podrán exponer temas que consideren de interés para los socios de la SOBOFI .

Artículo 17º.- Olimpiada Boliviana de Física

a)  La SOBOFI , organizará la Olimpiada Boliviana de Física, como medio de promocionar el estudio de la Ciencia en general, y la Física en particular, a nivel de los estudiantes de secundaria;

b)  La SOBOFI , como miembro pleno de la Federación Latinoamericana de Sociedades de Física, representa a Bolivia ante la Organización de la Olimpiada Iberoamericana de física y ante otras instancias internacionales de las Olimpiadas de Física.

c) La Olimpiada Boliviana de Física se realizará de acuerdo a su convocatoria.

Artículo 18º.- Revista Boliviana de Física

a)  La SOBOFI , publicará por sí misma, o en coordinación con otras instituciones, la Revista Boliviana de Física (ISSN 1562 – 3823) para fomentar la difusión de las actividades de la comunidad de Físicos en Bolivia;

b)  La Revista Boliviana de Física tendrá un Comité Editorial, compuesto por delegados de las instituciones que la auspicien y produzcan;

c)  La Revista Boliviana de Física tendrá al menos un Editor principal por parte de la SOBOFI, el cual será designado por la Directiva Nacional;

d)  La Revista Boliviana de Física tendrá un Consejo Editorial que será designado por el Comité Editorial y cuya función es la de velar por el buen nivel científico de los artículos y contribuciones enviadas a la Revista para su publicación en la misma;

e)  El Consejo Editorial esta facultado para buscar auspicios para la publicación de la Revista Boliviana de Física y para determinar la frecuencia de publicación, las secciones, el formato y el costo por página publicada en la Revista.

Artículo 19º.- Auspicio de otras reuniones científicas.

Cualquier otro tipo de reunión de carácter científico (congreso, simposio, taller, conferencia, etc.), organizada por una filial departamental o de especialización, se podrá celebrar indicando que lo hace bajo los auspicios de la SOBOFI , siempre que los organizadores obtengan el correspondiente permiso de la Directiva Nacional de la SOBOFI, con al menos tres meses de antelación a su celebración. Para ello, el Presidente de la Reunión podrá ser asesorado por la Directiva Nacional de la SOBOFI .

Artículo 20º.- Organización de cursos especializados.

La SOBOFI podrá, cuando lo considere necesario, organizar o auspiciar cursos especializados sobre temas específicos que tengan relación con las actividades de los profesionales de la Física.

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